Visitar los valles y quebradas de Conchucos es entrarse en contacto con una naturaleza desbordante de colorida belleza y vida. Algo de esa majestuosidad queremos reflejar en VOZ CONCHUCANA. Lo hacemos como un homenaje a nuestro pueblo y a nuestra tierra que nos vio nacer.

Uno de los objetivos que tenemos al emprender este esfuerzo periodístico es justamente descubrir y dar a conocer a nuestro país y al mundo, el gran potencial de Conchucos, sus recursos naturales, sus posibilidades de crecimiento y desarrollo.

Pero también queremos resaltar la cultura de lucha y trabajo de su gente para lograr nuestras metas. Queremos comunicar lo que somos, lo que demandamos en el presente y lo que aspiramos en el futuro.

Queremos decirle al Perú y al mundo que Conchucos es un pueblo laborioso, orgulloso de su cultura, sus tradiciones, sus costumbres, que es un pueblo cálido y amistoso, que sabe corresponder el respeto y estrechar la mano solidaria… pero que también sabe reaccionar y exigir respeto ante la vulneración de sus derechos.


domingo, 6 de mayo de 2012

VOZ CONCHUCANA

TITULO  VIII
DEL REGIMEN DE TRABAJO
              
CAPITULO I

Art.130°.- En la Comunidad Campesina Conchucos se realizaran los
siguientes sistemas de trabajo:

a).- De repúblicas,    las que serán programadas por la Junta  Directiva
Comunal y l a Asamblea General.
b).- Individual y familiar, en las parcelas agrícolas de usufructo directo de
       los comuneros.
c).- Asociativa, practicada por los comuneros en algún sistema especial
      
de producción.
d).- Faenas  comunales,  donde  los  comuneros  participaran
      
obligatoriamente en (proyectos, canales, semilleros, graneros, etc.).

       ART. 131, 132,133,134,135, Y 136.PASAN A SER INCISOS
e).- En las faenas comunales obligatoriamente participarán todos los comuneros inscritos en el padrón, salvo en caso de enfermedad, incapacidad física permanente, vejez o ausencia justificada.
f).-  La Comunidad mantendrá las costumbres de ayuda mutua entre los comuneros con el fin de practicar la solidaridad en las faenas de campo (mingas), sociales y económicas en beneficio de los comuneros.

g).- Para lograr mayor efectividad en los trabajos comunales, los comuneros y comuneras se organizarán en grupos de acuerdo al requerimiento de la mano de obra, aprovechando las aptitudes, oficios y profesiones de cada comunero; cada grupo de trabajo tendrá como responsable a un  comisionado. Siendo supervisado por los directivos.

h).-  La jornada de  trabajo comunal (repúblicas) será de ocho horas diarias, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. con un intermedio de una hora para almorzar.
i).-  El número de días de trabajos comunales será determinado por la Junta Directiva Comunal o la Asamblea General, de acuerdo a las
necesidades y exigencias pudiendo ser continuas y discontinuas  durante el año.

j).-  En los trabajos comunales (repúblicas) no se admitirán comuneros o representantes en estado de embriagues y de presentarse el caso no serán considerados como asistentes.

k).- El ingreso al trabajo  posterior a las  nueve de la mañana será considerado como falta.


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