Visitar los valles y quebradas de Conchucos es entrarse en contacto con una naturaleza desbordante de colorida belleza y vida. Algo de esa majestuosidad queremos reflejar en VOZ CONCHUCANA. Lo hacemos como un homenaje a nuestro pueblo y a nuestra tierra que nos vio nacer.

Uno de los objetivos que tenemos al emprender este esfuerzo periodístico es justamente descubrir y dar a conocer a nuestro país y al mundo, el gran potencial de Conchucos, sus recursos naturales, sus posibilidades de crecimiento y desarrollo.

Pero también queremos resaltar la cultura de lucha y trabajo de su gente para lograr nuestras metas. Queremos comunicar lo que somos, lo que demandamos en el presente y lo que aspiramos en el futuro.

Queremos decirle al Perú y al mundo que Conchucos es un pueblo laborioso, orgulloso de su cultura, sus tradiciones, sus costumbres, que es un pueblo cálido y amistoso, que sabe corresponder el respeto y estrechar la mano solidaria… pero que también sabe reaccionar y exigir respeto ante la vulneración de sus derechos.


domingo, 6 de mayo de 2012

VOZ CONCHUCANA

f).- INSERTADO EN ARTICULO Nº 84.

g).- Difundir las convocatorias escritas y/o radiales para            las sesiones,

trabajos comunales y otros por encargo del secretario.

h).- Otras que le asigne la Directiva Comunal.
FISCAL
Es el encargado de supervisar y fiscalizar las actividades relativas a la marcha económica y administrativa de la Comunidad .
Art.85°.- Son funciones del fiscal:

a).- Fiscalizar y supervisar las actividades de la Directiva Comunal, de
      
los  comités  especializados  de  apoyo y  de  los  anexos  de
      Tauli y Huasla.
b).- Proponer a la Asamblea General           las sanciones aplicables a los
comuneros que infrinjan sus obligaciones.
c).- Controlar la contabilidad.
d).- Atender  los reclamos de los comuneros y emitir opinión ante
      
la Junta Directiva y ante la Asamblea General.
 
e).- Denunciar ante la Asamblea General las irregularidades en que




incurran  los  miembros  de  la  Directiva  Comunal,  comités especializados locales, delegados y comités especializados de apoyo de los anexos de la Comunidad así como de los comuneros.

f).- Vigilar el curso de los procesos legales  de la Comunidad.
g).- Mantener el orden y la disciplina en las Asambleas Generales, en las
       sesiones de la Directiva Comunal en coordinación con el comité de
       Rondas Campesinas.

h).- supervisar las faenas comunales  y la asistencia de los comuneros.
      
i).-   Comprobar la existencia, actualización y veracidad del padrón
comunal: catastro,  padrón de parcelas agrícolas y sectores de crianza,  padrón de registro de marcas y señales,  padrón de bosques,  relación de ganado comunal, el acervo documentario y demás  bienes y enseres .

J) Controlar oportunamente la veracidad del movimiento económico informarmando a la asamblea general.

k) Denunciar ante la Asamblea General las irregularidades detectadas  en el ejercicio de  las funciones de los dirigentes y de los comuneros.


CAPITULO IV
ORGANOS DE APOYO A LA DIRECTIVA COMUNAL, DIRECTOR
                                              
COMUNAL
Art.86°.- El Director                Comunal es un ente de apoyo y asesoramiento de la dirigencia comunal, el  cargo debe ser coberturado por un  ex presidente o  Fiscal debiendo ser elegido el 8 de diciembre  por el periodo de dos  años  sirviendo de enlace  entre dos juntas directivas.  
Art.87°.- DEROGADO  INCORPORADO AL ARTICULO ANTERIOR
Art.88°.- DEROGADO

c).- Su jerarquía es de apoyo a la Directiva Comunal con derecho a voz
pero sin voto en todas las sesiones internas de la Junta Directiva.
d).- Asistirá obligatoriamente a todas las sesiones internas de la Junta
      
Directiva y Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias.
e).- Juramentará el primero de enero para asumir su función.

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