Haciendo votos para que en esta nueva etapa empresarial comunal consolidemos el bienestar de nuestros asociados manteniendo el trabajo colectivo que nos caracteriza y defendiendo también la integridad de nuestro territorio.
ACTA HISTÓRICA
En el pueblo de Conchucos a los 16 días del mes de
febrero de 1941, reunidos en asamblea todos los comuneros del mencionado
pueblo, que forman la Comunidad de Indígenas en el salón del cabildo, de
conformidad con el título 11 de la Constitución del Estado, el Título 4 del Código
Civil vigente, el Decreto Supremo del 18 de julio de 1938, el mensaje de
nuestro ilustre mandatario doctor Manuel Prado , leído en el año próximo pasado
y de acuerdo con las costumbres que desde tiempo inmemorial se vienen realizando
, con el fin de organizar e instalar la Junta Directiva de la Comunidad de Indígenas
del ya mencionado pueblo. Después de amplia deliberación se acordó: nombrar una
junta directiva, recayendo en el personal siguiente:
PRESIDENTE.- El principal de indígenas don Ildefonso quiñones, su suplente, el
principal de indígenas don Ramos
Salinas
VICE -PRESIDENTE.-El Alcalde Pedáneo de Mozos don Eulogio Castro, su suplente el
principal de indígenas don Gregorio
Carretero;
FISCAL.- El Alcalde Pedáneo de Naturales don Daniel flores,
su suplente, don Nemesio
Aguilar.
SECRETARIO.- Don Lorenzo Quiñones, su suplente, don Alejandro Aguilar.
PRO SECRETARIO.- Don Néstor
Ore, su suplente don Humberto Asevedo.
TESORERO.- Don Pedro
Zúñiga, su suplente don Luis Armas.
VOCALES.- Máximo
Rodríguez, Isaac Eusebio, sus suplentes don Arturo Rojas y don Francisco Ubilla respectivamente;
ASESORES:
TITULAR .Don Catalino López Aguilar,
SUPLENTE.
Don Francisco Quiñones;
PERSONEROS. Para la gestión del reconocimiento de la comunidad
y la administración de sus intereses: don Manuel Jesús Aguilar castillo y don Lorenzo Lara Aguilar. Acto seguido se tomó
el juramento a la nueva junta directiva quedando ésta, instalada.
SEGUNDO.- comunicar al señor presidente de la república, telefónicamente
agradeciendo por las garantías que presenta a las comunidades, al señor
director de asuntos indígenas, al señor prefecto del departamento, a las autoridades
provinciales y a las del distrito.
Con
la que terminó el acta y firmaron.
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